Ley Nº 5623
Declara Monumento Nacional el inmueble conocido como
"La Casa de don Alfredo González Flores"
LA
ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA,
DECRETA:
Artículo 1°--Declárase Monumento Nacional el
inmueble conocido como "La Casa de don Alfredo González Flores",
inscrito en el Registro Público, Partido de Heredia, tomo 2171, folio 129,
numero 70.114, asiento 1; que es terreno con una casa de habitación en 61 construida.
Linda: Norte, Isabel Oller Zamora; Sur, Avenida Central; Este, María Ester
González Flores; y Oeste, Calle Central. Mide cuatrocientos ochenta y un
metros, noventa y cinco decímetros, cuarenta y cinco centímetros y doce
milímetros cuadrados.
Artículo 2°-- Encárgase al Ministerio de Cultura,
Juventud y Deportes el cuidado del Monumento Nacional, creado por la presente
ley. Dicho Ministerio deberá impulsar los programas
que considere convenientes, para divulgar la vida y obra del licenciado Alfredo
González Flores y para hacer de la que fuera su casa de habitación un lugar en
el que se recojan y exhiban al público objetos que hagan recordar y enaltecer
la figura del ilustre Expresidente.
Artículo 3°--Autorizase al Poder Ejecutivo para que
adquiera, en forma directa o mediante expropiación, el inmueble a que se
refiere el articulo 1° de esta ley. En caso de expropiación, se seguirá el
procedimiento establecido en la ley Nº 1371 de 10 de noviembre de 1991, sin que
pueda exceder la indemnización por expropiación el valor registrado del
inmueble en la Tributación Directa.
Artículo 4°--El Poder Ejecutivo incluirá, en la
primera modificación al Presupuesto Ordinario de la República de 1975, la
partida necesaria para la adquisición del inmueble indicado en la presente ley.
Artículo 5°--Se autoriza a las
instituciones autónomas, semiautónomas y a las municipalidades para que
contribuyan con el pago de los gastos que ocasione el propósito de esta ley.
Artículo 6°--Esta ley rige a partir de su
publicación.
Comuníquese al Poder Ejecutivo
Asamblea Legislativa. --San José, a los veinte días del mes
de noviembre de mil novecientos setenta y cuatro.
Casa Presidencial. --San José, a los cuatro días del mes
de diciembre de mil novecientos setenta y cuatro.
Ley Nº 5623 del 04/12/1974
Declara Monumento Nacional
el inmueble conocido como "La Casa de don Alfredo González Flores"
Datos generales:
Ente emisor: Asamblea
Legislativa
Fecha de vigencia desde:
13/12/1974
Datos de la Publicación: Nº
Gaceta: 238 del: 13/12/1974
Colección de leyes y
decretos: Año: 1974 Semestre: 2 Tomo: 4 Página: 1433